domingo, 20 de septiembre de 2009

¿Qué les molesta a los patrones del campo?


(Ley de Arrendamientos y aparcerías rurales)
La conducción de la Federación Agraria se opone al proyecto que la misma organización presentó en 2007, argumentando que las modificaciones hechas por el gobierno “son para dividir al movimiento agrario”. Martín Livolti revela las verdaderas razones del rechazo de la FAA. Y analiza las luces y sombras del proyecto oficial.
Invitado por la Comisión Política del Partido Comunista, el integrante de la Comisión Agraria, Martín Livolti, se refirió a la nueva Ley de Arrendamiento que, elaborada por encargo de la Federación Agraria, fue presentada en el Congreso Nacional en 2007.
Livolti advirtió que esa ley “molesta y mucho a los intereses de los grandes pools de siembra, sociedades anónimas y fondos de inversión extranjeros-extracampo, sectores ligados a los agronegocios y al paquete tecnológico sojero, etcétera, es decir, que viene a ser un dique de contención a la concentración de la tenencia y uso de la tierra por parte de grandes arrendatarios especuladores, en gran parte representados en la SRA, CRA, Aapresid, y otras yerbas”.
Según Livolti, “el argumento para oponerse es que el gobierno introdujo modificaciones al proyecto original de FAA que lo desvirtúan; nos preguntamos: ¿por qué la conducción federada no presiona a los legisladores oficialistas para que vuelvan al proyecto original de la misma manera que hicieron lobby por la derogación de la resolución 125?”, tras lo que añadió: “Porque sus compañeritos de la Rural, CRA y Coninagro no quieren ley de arrendamientos, ni reforma tributaria, ni soberanía alimentaria, ni junta nacional de carnes y granos, ni nada que se parezca en lo más mínimo a la intervención del Estado en la economía, es decir, en sus ganancias”.
Normas vigentes
La actual regulación de los contratos agrarios, sostuvo Livolti, es una falta de regulación ya que la Ley 13246 que establecía normas que favorecían a los pequeños arrendatarios con cinco años con opción del arrendatario a tres años más, orden público de sus cláusulas, protección de la parte débil del contrato, inembargabilidad de determinados bienes necesarios para producir, mejoras obligatorias que debía tener el predio como casa habitación y cerco perimetral, inscripción obligatoria del contrato, que planteaba una intervención virtuosa del Estado, fue desguasada por los distintos gobiernos militares y tuvo su golpe de gracia en 1980, “lo que facilitó plazo mínimo de tres años, contratos por cosecha o por un año, la intervención de grandes capitales, deroga lo referente a mejoras y ya no identifica al arrendatario como parte más débil sino que hay paridad entre las partes. En síntesis, dejó librada a las fuerzas del mercado a las partes contratantes, sin la más mínima intervención del Estado y promueve la especulación financiera”.
Proyecto de ley
“Lo positivo del nuevo proyecto de ley -indicó Livolti- es que en principio regula e interviene en relaciones económicas entre sujetos desiguales según el tamaño de su explotación agropecuaria. Y produce como consecuencia de su aplicación: estabilidad de los agricultores en la producción, equidad a la hora de arrendar tierras, favorece la agricultura familiar y tradicional, favorece la distribución de tenencia por contrato, límites y gravamen a formas de concentración (fideicomisos, pooles, etcétera), favorece la reinstalación de productores excluidos, pequeños propietarios e instalación de jóvenes, profesionales y protección y recuperación de recursos naturales”.
Ya que, como señaló Livoti, “establece como instrumentos la restitución, actualización y nuevas normas sobre: plazo de cinco años y limitación de los contratos accidentales o por cosecha (estabilidad), precio o porcentajes (equidad), buena técnica y agricultura sustentable, diversidad de opciones contractuales, restricción al contrato por cosecha, contratos promovidos para la pequeña empresa agraria, gravámenes y límites a la concentración por contrato, organismos de contralor regionales (o zonales) integrados por productores, autoridades locales, entes profesionales, Inta, etcétera, denominados comisiones zonales de uso y tenencia de la tierra, solución arbitral de controversias y regionalización reglamentaria”.
Pero aclaró que “lo negativo o las insuficiencias del proyecto actual es que atiende fundamentalmente las problemáticas que generan los arrendamientos en la zona pampeana o centro, y necesita de leyes que lo adapten a las otras cuatro regiones. Por otro lado las injusticias que se padecen en las otras regiones, en particular NOA, NEA y Patagonia, son esencialmente distintas, por ejemplo, los desalojos de territorios explotados por generaciones de pueblos originarios, o por comunidades campesinas, irregularidad de los títulos de propiedad de tierras explotadas por agricultores familiares, desplazamiento de los mismos por emprendimientos turísticos, mineros, negocios inmobiliarios, sobreexplotación de recursos naturales como el agua, etcétera”.
Por lo que recalcó que “para estos dilemas harían falta leyes de moratoria de los desalojos, de modificación del instituto de prescripción adquisitiva (adquisición de la propiedad por el paso del tiempo, por parte de los poseedores), freno a las grandes corporaciones que compran tierras con pueblos que viven en ellas”.